Mercedes Fernández Faraldo, licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, es Magistrada-Juez de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de Madrid y ha ostentado distintos puestos en la Administración de Justicia.
“Calificar los beneficios penitenciarios de fraude de ley denota la más absoluta ignorancia”
La primera pregunta es casi obligada. ¿Por qué estudio derecho?, y ¿qué le llevó a prepararse las oposiciones de judicatura?
Estudié derecho porque lo de defender a las personas es una cosa que me gusta. Luego decidí hacer judicatura porque me fui dando cuenta que me gustaba la justicia con mayúsculas, aplicarla desde una posición imparcial, en la que nadie me tuviera que decir lo que tenía que hacer.
A lo largo de su vida profesional ha pasado por distintos puestos. ¿Cuál de estos cargos es el que más se aproxima a la joven que decidió estudiar derecho?
Pues el cargo jurisdiccional por supuesto porque los cargos que he tenido, en el Consejo General del Poder Judicial, no han sido cargos jurisdiccionales, fueron cargos más de gestión, que me ayudaron más a gestionar. Fue una experiencia muy buena, pero no lo volvería a repetir. Lo que me gusta es lo que hago.
¿Cómo describiría una cárcel a alguien que nunca ha estado?
Le diría que la cárcel es un reflejo de la sociedad, que los módulos son como barrios de una ciudad, que dentro hay módulos que son como edificios dentro de los barrios donde habrá personas con la que se lleve bien y otras con la que se lleve mal. O sea, lo mismo que en la vida fuera de la cárcel.
Usted visita con frecuencia este centro penitenciario y habla con los internos. ¿Cuáles son las principales quejas e inquietudes que le trasladan? ¿Qué impresión saca de esas entrevistas?
Las mayores inquietudes son sobre su situación. Saber cómo se encuentra su expediente, su recurso. Eso es lo que más les preocupa. Entonces como no se con quién me voy a encontrar cuando realizo la visita, y sin papeles no les puedo decir nada, les ofrezco que soliciten una videoconferencia. Es ahí, sabiendo quién es el interno, cuando cojo su expediente, me lo estudio y ya le puedo decir cuál es su situación. Esa es la pregunta que más me hacen. Luego ya hay otras más específicas, pero, en líneas generales es esa.
En la videoconferencia todo es muy diferente y normalmente la impresión que saco es muy buena porque me gusta mucho que tengan confianza para preguntarme lo que sea.
“La variable que más me condiciona para conceder los permisos es la reincidencia”
Le voy a pedir un imposible me podría describir de forma breve en qué consiste su labor como jueza de vigilancia penitenciaria.
En que se cumpla la condena en las condiciones legales, eso es en resumidas cuentas. Por ejemplo, es muy diferente cumplir la pena de prisión en un centro cerrado que en un centro de inserción social. Y dentro de estos es muy diferente cumplirla con control telemático a tener que ir a dormir ahí.
El desconocimiento que tiene la sociedad sobre el mundo penitenciario es evidente. Las opiniones que se escuchan en los medios de comunicación se alejan bastante de la realidad. ¿Qué es lo que se le pasa por la cabeza cuando escucha cosas que se dan por buenas y que nada tienen que ver con la realidad?
¿Lo que siento o lo que pienso? Porque lo que pienso no lo puedo decir. Pero lo que siento es una tremenda impotencia. Si es en la tele me dan ganas de ir. Si es en un periódico me dan ganas de escribirles una carta. Opinan sin habérselo preparado.
Dentro de los recursos de queja que recibe de los internos, ¿cuáles son los más numerosos? ¿Y los más difíciles de resolver?
Los más numerosos son las cuestiones referentes al régimen. Lo que son comunicaciones, cuestiones referentes a las pertenencias y cosas de ese estilo. Por otro lado, las quejas son variopintas y hay de todo tipo. En cuanto a las más difíciles de resolver, para mí son siempre las que se refieren a los primeros grados, esas me cuesta mucho resolverlas.
El PIT (Programa Individualizado de Tratamiento) debe ser la gran herramienta que establezca los criterios y actividades a seguir por cada interno para conseguir el objetivo de reeducación y reinserción. ¿Cree que verdaderamente es así? ¿Conocen todos los internos los objetivos a cumplir para poder progresar en su evolución penitenciaria? ¿Cómo puede controlar que sea así?
Creo que los internos lo conocen. Si se preocupan un poco saben que es lo que se espera de ellos, y por lo tanto conocen cuál es su programa de tratamiento. Creo que los profesionales que hay en prisión, a lo mejor no con toda la frecuencia que se debía, si pueden orientar al interno que esté interesado. Cuando tengo trato con el interno, si he hablado con él, eso lo puedo vislumbrar.
¿Que cómo lo puedo controlar? Con los expedientes, con la documentación que tengo. Y si la documentación que me envía el centro no me es suficiente para ponerme en la situación penal y penitenciaria del interno, cuento con un equipo psicosocial, al igual que con un médico forense. Y luego mi personal del juzgado también tiene mucho sentido común. Eso es fundamental. Somos un equipo, yo sola no sería capaz de hacer nada. Trabajo con un equipo que es el que se preocupa tanto como yo por los internos.
Toda la legislación penitenciaria deja casi todo abierto a la interpretación. ¿No vería más eficiente que los objetivos estuviesen tasados de tal forma que dejen menos a la interpretación de los mismos por parte de los distintos órganos competentes?
Ese es el eterno debate entre la libertad y la seguridad. Lo primero, es que no creo que lo deje todo abierto. Considero que es una de las legislaciones que menos cosas deja abiertas. Lo que pasa es que el espíritu de la legislación penitenciaria se tiene que ir adaptando al perfil de cada persona, y por eso hay cosas que no se pueden cerrar. Es por lo que considero que en comparación con otras ramas no está todo tan abierto. Quizás la necesidad de las cosas abiertas va en función de que nuestro sistema es un sistema de individualización científica.
“Mi labor es que se cumpla la condena en condiciones legales”
La falta de funcionarios es un lastre que a la larga lo pagamos más los internos, ya que eso disminuye de forma considerable la atención que se nos puede prestar. ¿Cómo cree que se puede hacer para solucionarlo a corto plazo?
No tengo la respuesta. La respuesta está en otras instancias que no es el Juzgado de Vigilancia.
¿Si se dedica poco tiempo a los internos? Pues francamente todo es mejorable y cuanto más tiempo se pudiera dedicar, mejor se conocería a la persona. También es verdad que los profesionales en todas las ramas y en alguna tan especifica como esta trabajan con unos protocolos que ya están muy estudiados, yendo directamente al grano de las cosas y a preguntar lo que se quiere saber. Eso tiene sus cosas buenas y sus cosas malas, pues si, carencias hay en todos sitios. Pero van a llegar nuevos profesionales.
Siempre se escucha, en los centros penitenciarios, que fulanito está por un delito feo ¿Existen delitos bonitos?
No. Existen circunstancias que rodean a los delitos que pueden hacer el delito un poco menos desagradable o menos duro o menos doloroso. Pero delitos bonitos pues la verdad es que no.
¿Qué opina del internamiento de enfermos crónicos no curables en centros penitenciarios?
Pues opino que si se pueden valer por sí mismos pueden cumplir la pena perfectamente, porque tienen unos servicios médicos que los atienden exactamente igual o mejor que fuera de prisión.
¿Qué piensa cuando algún interno le dice “me la voy a comer entera o a pulso”?
(Ríe). Pues me hace mucha gracia y lo que les digo es que las condenas están para cumplirlas. Luego ya la forma de cumplirá ya es otra cuestión.
“Lo que más me cuesta es ratificar un primer grado”
Hay personas que piensan que el principio de flexibilidad no debe ser otorgado (un tercer grado, un 100.2, etc.) y lo califican de fraude de ley, cuando no deja de ser una forma de cumplir condena. ¿Qué opina usted al respecto?
Calificar a los beneficios penitenciarios de fraude de ley denota la más absoluta ignorancia porque no es ningún fraude de ley, sino que están contemplados en nuestra legislación penitenciaria y que es a la que hay que dar cumplimiento. Me parecen fantásticos los beneficios penitenciarios, me parece fantástico que se potencie el tercer grado, me parece fantástica la libertad condicional y opino que nuestra legislación es de las más progresistas de Europa en el tratamiento de los reclusos. Ya que contempla las circunstancias individuales de la persona de cómo va progresando, como va madurando y eso tiene que tener un reconocimiento que está en los beneficios penitenciarios y que están fenomenal, precisamente porque llevan a que la persona pueda salir luego de prisión en las mejores condiciones posibles.
Para conocer una persona hay cientos de variables, ¿en cuáles se suele fijar para tomar una decisión?
Me fijo en la variable de la reincidencia. Esa es en la que más me fijo. La posibilidad de reincidencia es lo que más me condiciona a mí a la hora de tomar una decisión.
Esta más que demostrado que el exceso de pena punitiva en algunos casos en los que el individuo tiene una estabilidad familiar, económica y social puede ser contra producente. Con sus años de experiencia, ¿qué opina al respecto? y en su caso, ¿qué alternativas cree que se le pueden ofrecer?
Cuando una persona es condenada por un delito después de haber estado ocho años en libertad provisional tiene su vida totalmente resuelta, está totalmente adaptado e incluso a formado su familia. Es un choque enorme el romper esa dinámica. Nuestro derecho tiene una forma, que es la clasificación inicial en tercer grado y yo abogo por eso.
“En ciertos casos abogo por la clasificación inicial en tercer grado”
Con su experiencia personal como jueza, ¿es más fácil dictar una sentencia o velar por los derechos de los internos?
Son cosas muy distintas. Es una perspectiva de la profesión totalmente diferente. Una sentencia quizá tiene una complejidad técnica mayor que lo que son las resoluciones del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que son autos. Lo que pasa es que mientras que en un juzgado determinado se dicta una sentencia, un juez de vigilancia penitenciaria puede dictar 50 autos. Eso requiere tener un determinado perfil, ser de una determinada manera y ser capaz de ir muy rápido. Cuando dictas una sentencia estás en tu despacho solo, en tu casa pero el trabajo del juez de vigilancia es diferente, es muy dinámico y muy rápido.
Recuerda algún escrito que después de leerlo se haya preguntado: “¿En serio me están solicitando esto?”
Pues no, porque me puedo haber sorprendido por alguna cosa pero no, así tal como me pregunta pues no, todo me parece normal (Sonríe).
A lo largo de su vida profesional ¿cuál ha sido la decisión más difícil como jueza de vigilancia penitenciaria?
Siempre me cuesta mucho ratificar la clasificación en primer grado.
¿Y las que son más satisfactoria?
Pues de esas he tenido bastantes, personas que vienen incluso al juzgado y nos da las gracias. En especial recuerdo un caso de libertad condicional de una persona por la que abogaba muy poquita gente y que a la que le puse muchísimas condiciones, entre ellas estaba un seguimiento por el equipo psicosocial del juzgado de vigilancia. Pues la persona en cuestión estaba encantada porque decía que nunca nadie se había preocupado tanto por él.
En toda administración que se precie siempre se habla de una reforma pendiente, en su opinión, ¿cuál sería el de la administración penitenciaria?
Desde mi perspectiva la mayor reforma que se debería de abordar es la de la clasificación de los internos en primer grado de tratamiento penitenciario. Para suprimirla si fuera posible.
No es la primera vez que visita la redacción, ni la primera vez que hablamos ¿Qué mensaje enviaría a los internos de Madrid V – Soto del Real?
Les diría que la cárcel es un mal necesario que todo se pasa y que todas las heridas se curan con el tiempo.
“La mayor reforma que se debería abordar es la clasificación de los internos en primer grado si fuera posible”